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A partir del 21 de octubre de 2021 ya se pueden hacer aportaciones voluntarias al capital social. Esta modalidad de aportaciones permanecerá abierta hasta alcanzar el objetivo de los 25 millones de euros que la cooperativa necesita.
¡Lo hemos conseguido! Gracias a las aportaciones de 1.500 personas socias de la cooperativa, en menos de 24 horas hemos logrado el objetivo de obtener 4,75 millones de euros para seguir impulsando más producción y comercialización de energía renovable.
Preguntas frecuentes
¿Dónde puedo encontrar mi número de socio/a?
El número de socio/a aparece en el correo de alta de nueva persona socia (el correo de bienvenida). También se puede encontrar en la Oficinal Virtual, en el apartado “mi perfil”.
¿Quién puede hacer la aportación?
Para poder realizar la aportación es imprescindible ser socio/socia de la cooperativa. Para hacerte socio/socia de Som Energia, primero deberás rellenar este formulario.
¿Qué es el capital social voluntario?
Es el capital que la persona socia aporta a la cooperativa, de forma voluntaria, y por el que recibe un interés que es decidido anualmente por la Asamblea.
Según se decidió en la Asamblea General de 2023 este interés es del 2%.
¿Para qué se usará el dinero?
Habitualmente utilizamos las aportaciones al capital social para financiar nuevos proyectos de generación o bien para el desarrollo de la cooperativa. En esta ocasión, los necesitamos para reforzar la situación financiera. A pesar de la fortaleza y estabilidad económica de Som Energia, debido a la escalada de precios del mercado eléctrico necesitamos incrementar la liquidez.
¿Qué importe puedo aportar?
El importe mínimo son 100 € y el máximo 100.000 € (5.000 € durante la primera semana).
Recomendamos solo aportar ese dinero que no prevés necesitar a corto o medio plazo.
¿Qué riesgo tienen las aportaciones en la cooperativa?
Som Energia como cualquier otra empresa, podría llegar a entrar en suspensión de pagos. En esta situación, la orden de pago del dinero pendientes sería: primero las deudas con la Administración, trabajadores/as, después créditos y préstamos, luego los títulos participativos, el capital social voluntario y finalmente el capital social obligatorio.
Por otra parte, el Consejo Rector puede rechazar devolver una aportación si, durante ese mismo año, ya se ha devuelto el 10% del total del capital sociales según indican los estatutos (este límite es bastante superior a las peticiones de retorno de aportación que suele haber anualmente). Más información
Condiciones generales de la aportación
Puedes ver las condiciones generales de las aportaciones voluntarias al capital social de Som Energia en este enlace.